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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281006
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 683
HEREDEROS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 683
Si bien las sucesiones son responsables de las deudas contraídas por el autor de la herencia, las acciones relativas deben entablarse contra las sucesiones y no contra los herederos, ya desligados de la sucesión, pues para esto último, será necesario un juicio declarativo, en que se resuelva si se trata o no, de una deuda hereditaria y si el heredero es o no, responsable de ella.
Precedentes
Recurso de súplica 42/23. Banco Nacional de México, S. A. 24 de julio de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.