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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281029
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 738
COSA JUZGADA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 738
No puede decirse que hay cosa juzgada, cuando sólo se dejan a salvo los derechos del actor para que los ejercite en la vía y forma que correspondan, pues con esto no se juzga sobre esos derechos, ni nada se establece respecto de ellos.
Precedentes
Amparo civil directo 2567/26. "Kemo Coast Copper Company". 1o. de agosto de 1928. Mayoría de seis votos. Disidentes: Gustavo a. Vicencio, Ricardo B. Castro, Leopoldo Estrada, Manuel Padilla y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.