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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281065
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 849
REMATES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 849
No procede sobreseer en el amparo que contra ellos se pida, porque aparezca consentido el embargo, puesto que el remate no es una consecuencia necesaria y forzosa del secuestro, y el embargado puede hacer que no se llegue al remate, cubriendo lo que se le reclama; además, puede acontecer que entre el embargo y la citación para el remate, se cometan violaciones nuevas y distintas de las que pudieran haberse cometido en el embargo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 728/25. Fernández viuda de González Guadalupe, sucesión de. 8 de agosto de 1928. Mayoría de siete votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.