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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281112
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 952
ACUSADOR O DENUNCIANTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 952
Aun cuando se haya constituido parte civil en el proceso, carece de capacidad para promover la revisión contra la sentencia del Juez de Distrito que haya concedido la protección federal contra el auto de formal prisión, si dicho recurso tiene por objeto sostener la legalidad del auto, que es esencialmente del orden penal.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3270/27. Frías Eduardo. 21 de agosto de 1928. Mayoría de siete votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Gustavo A. Vicencio y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.