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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281120
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 976
EJIDATARIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 976
Ni la sociedad ni el Estado tienen interés en que las parcelas en que se dividen los ejidos con que se dota a un pueblo, se den en posesión a determinado individuo, por lo que debe concederse la suspensión previa fianza, contra las órdenes de las autoridades agrarias que tiendan a despojar de la posesión de una de esas parcelas, al que la tiene.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Guevara Juan de Dios. 23 de agosto de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.