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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
281125
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 985

LEYES DE PAGOS.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 985

Precedentes

Amparo civil directo 3241/26. Sala Antenor. 24 de agosto de 1928. Unanimidad de diez votos. Disidentes: Salvador Urbina, Manuel Padilla y Arturo Cisneros Canto, quienes votaron en sentido negativo, respecto al considerando de la sentencia que se refiere a la retroactividad de la Ley de Pagos, de trece de abril de mil novecientos dieciocho. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 281125