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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281139
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 1018
DOMICILIO DE LA MUJER CASADA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 1018
Tanto la legislación del Distrito, como la de Colima, establecen el domicilio de la mujer casada, si no está legalmente separada de su marido, es el de éste; y también establecen; que la competencia para conocer de los negocios de divorcio, toca al Juez del domicilio del marido.
Precedentes
Competencia en materia civil 202/28. Entre los Jueces Primero de lo Civil de esta capital y de lo Civil y de Hacienda de Colima. 27 de agosto de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.