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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281140
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 1018
COMPETENCIA JURISDICCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 1018
Cuando las leyes de los Estados, cuyos Jueces compiten, tengan la misma disposición respecto del punto jurisdiccional controvertido, conforme a ella se decidirá la competencia; y cuando esas leyes estén en conflicto, la contienda se resolverá de acuerdo con el capítulo III del título I del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Competencia en materia civil 202/28. Entre los Jueces Primero de lo Civil de esta capital y de lo Civil y de Hacienda de Colima. 27 de agosto de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.