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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281171
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 34
HEREDEROS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 34
Si el Juez de primera instancia nulifica la declaración de herederos, no puede decirse que la sentencia de alzada no trate este punto, si reconoció la validez de los derechos de quien pidió esa nulidad.
Precedentes
Amparo civil directo 2955/25. Agüero Ricardo y coagraviados. 2 de julio de 1927. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.