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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281193
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 72
DEMANDA DE AMPARO TELEGRAFICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 72
Si no es ratificada dentro del plazo que la ley previene, el sobreseimiento que dicte el Juez de Distrito, debe ser confirmado, aunque el quejoso interponga revisión, ratificando las promociones hechas a su nombre.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1294/26. Ochoa Montaño Rafael. 5 de julio de 1927. Mayoría de ocho votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.