Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/281196
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281196
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 79
MULTAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 79
El pago de las que tuvieren un carácter federal, sólo puede suspenderse mediante el depósito de la cantidad que se cobra, en las oficinas del Banco de México.
Precedentes
Tomo XXI, página 1708. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 3683/27. Liz Benjamín A. 8 de noviembre de 1927. Mayoría de nueve votos. Disidente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXI, página 1708. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 2200/27. Real del Monte y Pachuca Compañía de. 25 de agosto de 1927. Unanimidad de diez votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXI, página 1708. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 2247/27. Mazcorta Perfecto. 16 de agosto de 1927. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Jesús Guzmán Vaca y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXI, página 79. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1434/27. Landero José de. 7 de julio de 1927. Mayoría de siete votos. Ausentes: Elías Monges López y Leopoldo Estrada. Disidentes: Sabino M. Olea y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.