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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281213
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 128
LIBERTAD CAUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 128
Cuando se pide amparo directo contra las resoluciones de los tribunales de circuito, los Jueces de Distrito tienen jurisdicción para resolver sobre el incidente de libertad caucional, no como Jueces del proceso, sino como autoridades responsables, que intervienen en la ejecución de la sentencia definitiva, contra la que se interpuso el amparo.
Precedentes
Queja en amparo penal. Alvarez Arturo. 11 de julio de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.