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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281223
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 149
POSESION DEFINITIVA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 149
La que se dé con motivo de la restitución de tierras, no puede presumirse consentida por los interesados, por el hecho de que hayan pasado quince días desde que se dio, si a la diligencia respectiva no estuvieron presentes, ni para ella fueron citados; pues entonces, el término para el amparo, empezará a correr desde la fecha de la publicación del acta, en el periódico oficial.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2586/23. Cordero y Codallos Ana y coagraviada. 13 de julio de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.