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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281229
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 161
COMISION DEL GRAN JURADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 161
Cuando el reglamento del Congreso respectivo, no le da el carácter de autoridad, ni por sus funciones puede considerarse tal, el juicio de garantías es improcedente contra sus actos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3460/26. Truchuelo Alfonso M. 15 de julio de 1927. Unanimidad de ocho votos en cuanto a los puntos primero y segundo y por mayoría de cinco votos respecto de los puntos tercero y cuarto. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Salvador Urbina y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.