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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281239
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 186
ESTADOS DE LA FEDERACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 186
Los Estados no pueden, ni aun por razón de impuestos, impedir la libre importación y exportación de mercancías, aun cuando aleguen necesitarlas para su consumo, puesto que la prohibición constitucional es absoluta y no admite distinciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 529/211. Sociedad "Rogelio Gómez y Hermano". 20 de julio de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.