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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281270
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 274
TESTIGOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 274
La ley no manda que las declaraciones de dos testigos idóneos y contestes hagan prueba plena, sino que deja la calificación de la misma al arbitrio judicial.
Precedentes
Amparo civil directo 2843/26. Bringas de Tejada María Luisa. 28 de agosto de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Ricardo B. Castro, Leopoldo Estrada, Elías Monges López y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.