Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/281273
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281273
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 285
IMPUESTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 285
Cuando se trata de impuestos cuya recaudación esté sujeta a la ejecución de determinado acto, procede conceder la suspensión, previo depósito de las cantidades que se cobran, y a medida que se vayan causando.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Barros José María. 28 de julio de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Ricardo B. Castro, Leopoldo Estrada y Elías Monges López. La publicación no menciona el nombre del ponente.