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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281274
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 288
LEYES DE PAGOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 288
En tanto garanticen intereses particulares, la defensa de estos, mediante el ejercicio del correspondiente derecho, está a cargo de los interesados, quienes, si les conviene, pueden acogerse al amparo de esas leyes, y si no lo hacen, es de presumirse que renuncian a los beneficios de las mismas.
Precedentes
Amparo civil directo 2783/22. León Alejandro de. 29 de julio de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.