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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281288
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 312
SUMISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 312
Hay sumisión expresa cuando los interesados renuncian clara y terminantemente al fuero que la ley les concede, y designan con toda precisión al Juez a quien se someten; pero esa sumisión sólo puede afectar a las partes contratantes y para los efectos del contrato, y no a los causahabientes de aquéllos, por lo que toca a las acciones personales que del mismo contrato se deriven.
Precedentes
Competencia en materia civil 144/27. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Lagos de Moreno, Jalisco, y Primero de lo Civil de la Ciudad de México. 1o. de agosto de 1917. Mayoría de seis votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Sabino M. Olea, Salvador Urbina y Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.