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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281293
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 320
FIADOR EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 320
La obligación del fiador en el amparo penal, solo se concreta a presentar a su fiado en el juicio, cuando el Juez lo requiere, pero no a realizar tal presentación en otro expediente distinto, en el que no es fiador, ni puede ser requerido.
Precedentes
Queja en amparo penal 162/27. Sánchez Wilfrido de Jesús. 1o. de agosto de 1927. Mayoría de ocho votos. Disidente: Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXII, página 136, tesis de rubro "FIADORES.".