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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281297
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 329
AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 329
Si no expresan en su informe, en qué precepto de ley se fundaron para ejecutar el acto que se reclama, no puede tenerse éste como legalmente fundado y motivado, y causando una molestia indebida al quejoso, debe concederse la protección federal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2506/24. Guzmán Arturo. 2 de agosto de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.