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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281303
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 344
OBLIGACIONES A PLAZO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 344
En ellas no es necesario el requerimiento del acreedor, puesto que el sólo vencimiento del plazo debe servir de interpelación al deudor, quien está obligado a hacer el pago en el lugar señalado en el contrato o, a falta de señalamiento, en el que determine la ley.
Precedentes
Amparo civil directo 810/20. "L. Bautista y Compañía". 5 de agosto de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.