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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281325
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 386
SALUBRIDAD PUBLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 386
Aun cuando las disposiciones sanitarias no contengan una prevención expresa, acerca de le venta para este o aquel fin, de bebidas o comestibles adulterados, no por ello puede inferirse rectamente, que haya autorización para venderlos, y la suspensión que contra el decomiso de los mismos se conceda, sólo tendrá por efecto impedir que sean destruidos mientras se resuelve el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. González Peña Vicente. 11 de agosto de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.