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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281348
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 445
FIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 445
El contrato de fianza, una vez perfeccionado, crea vínculos jurídicos entre el fiador, el fiado y la persona en cuyo favor se constituye la garantía, vínculos que no pueden romperse dejando sin valor el contrato, sino con la conformidad de todos los interesados. El error o el engaño, no es bastante para que el Juez cancele de plano la fianza, sino que será necesaria la tramitación del juicio correspondiente.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 182/27. Alianza de Agentes de Publicaciones, S. C. L, y González Herrejón José. 15 de agosto de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.