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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281360
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 473
SUCESIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 473
La posesión de los bienes de la herencia debe darse sin perjuicio de derechos de tercero, y si éste no fue oído en el juicio sucesorio, ni vencido en el contradictorio correspondiente, arrebatarle la posesión, importa la violación a los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2554/26. Hernández Juan y Navarro Julia. 16 de agosto de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.