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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281364
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 487
AUTORIDADES EJECUTORAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 487
Si la autoridad que ordenó el acto no interpuso la revisión contra el fallo del Juez de Distrito, la que interpongan las autoridades ejecutoras es improcedente, puesto que la única parte que podría recibir agravios, es la que ordenó el acto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Dosamantes Rul Salvador. 17 de agosto de 1927. Mayoría de siete votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.