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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 512
DEUDA LIQUIDA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 512
Lo es aquélla cuyo monto se haya determinado o puede determinarse en un término no mayor de nueve días, y aunque se trata de obligaciones en moneda extranjera, es incuestionable que la deuda debe considerarse líquida, si la reducción puede hacerse dentro de los nueve días de que se ha hablado.
Precedentes
Amparo civil directo 249/20. Castellanos viuda de Castellanos Elvira. 20 de agosto de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.