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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281408
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 564
DOCUMENTOS PRIVADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 564
En los juicios mercantiles, los documentos privados sólo harán prueba plena contra su autor, cuando fueren reconocidos legalmente, salvo lo dispuesto para la firma del aceptante en las letras de cambio, sin que puedan aplicarse las disposiciones relativas de la legislación civil, puesto que el artículo 2o. del Código de Comercio autoriza la aplicación del derecho común a los actos mercantiles, sólo a falta de disposiciones expresas sobre la materia, y el artículo 1296 del propio código es terminante respecto de este punto, y esta jurisprudencia ha sido sostenida por los tribunales en diversas ejecutorias.
Precedentes
Amparo civil directo 2464/25. Madero Salvador. 26 de agosto de 1927. Mayoría de siete votos. Disidente: Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.