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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281423
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 592
ESTAFA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 592
Para que exista este delito, es indispensable que concurran los siguientes requisitos: que haya un engañador, un engaño o bien que haya un error en el sujeto pasivo del delito; que el sujeto activo se aproveche del engaño o del error para alcanzar un lucro indebido; que ese aprovechamiento sea con perjuicio del engañado o inducido a error; que el engaño o error sea producido por medio de maquinaciones o artificios que no constituyan el delito de falsedad y que esas maquinaciones o artificios se revelen en hechos materiales y tangibles, y el error es un concepto o juicio falso.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4304/26. Valdés Jacobo. 29 de agosto de 1927. Mayoría de siete votos. Disidentes: Ricardo B. Castro y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.