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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281446
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 640
AUTO DE EXEQUENDO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 640
El que se dicte en los juicios mercantiles, siendo reparable en la sentencia definitiva, no puede ser reclamado en amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3382/24. Villarreal Tomasa S. de. 2 de septiembre 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Ricardo B. Castro, Manuel Padilla, Francisco M. Ramírez y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.