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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 708
QUIEBRAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 708
La resolución que se dicte en el incidente que se promueve en una quiebra, para que se consideren de dominio ajeno y se pongan a disposición de sus legítimos dueños, determinados bienes que existen en la masa de la quiebra, aun cuando es una sentencia firme, tiene el carácter de interlocutoria, y, por tanto contra ella es improcedente el recurso de súplica.
Precedentes
Recurso de súplica. Revisión del auto que desechó el recurso. Compañía Parker, S. A., en liquidación. 7 de septiembre de 1927. Mayoría de nueve votos. Disidente: Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.