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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281506
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 794
DOTACION DE EJIDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 794
Las escrituras públicas que afectan la propiedad de los inmuebles, para que surtan efectos contra tercero, que en los casos de dotación de ejidos lo son los pueblos agraciados, deben inscribirse en el Registro Público de la Propiedad, correspondiente a la ubicación de la finca, y sólo surten efectos desde la fecha de su inscripción.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 418/26. San Juan de Escudero María del Carmen y coagraviados. 14 de septiembre de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Salvador Urbina, y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.