Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/281509
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281509
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 795
DOTACION DE EJIDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 795
No quedan exceptuadas de ella, las fincas rústicas, por efecto del fraccionamiento, si las fracciones en que se dividen son mayores de doscientas cincuenta hectáreas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 418/26. San Juan de Escudero María del Carmen y coagraviados. 14 de septiembre de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Salvador Urbina, y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.