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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281524
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 837
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 837
Cuando se pida amparo contra el auto de formal prisión, y haya quedado sin efecto alguno el que se interpuso contra la orden de aprehensión, los efectos de la suspensión en el pedido contra el auto, no son que el quejoso no ingrese a la cárcel, sino sólo que quede a disposición del Juez federal, quien puede otorgarle, o no la libertad caucional.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Brohez Eduardo S. 22 de septiembre de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Teófilo H. Orantes y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.