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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281530
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 859
RESPONSABILIDAD CIVIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 859
La responsabilidad civil en que incurren los funcionarios públicos, por actos ejecutados en ejercicio de sus funciones, siempre tiene el carácter penal, y si alguna vez resulta condenada una autoridad, a pagar alguna suma por daños y perjuicios, ésta será como pena infringida en un asunto del orden penal; por tanto, la responsabilidad civil de los funcionarios, nunca puede equipararse a la proveniente de la falta de un incumplimiento de contrato.
Precedentes
Amparo civil en revisión 488/27. Solano María Margarita. 23 de septiembre de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo, Salvador Urbina y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.