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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281548
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 918
SENTENCIAS CIVILES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 918
No causan agravio alguno si no toman en consideración defensas no alegadas por las partes.
Precedentes
Amparo civil directo 127/23. Arregui Francisco y coagraviados. 1o. de octubre de 1927. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Gustavo A. Vicencio y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.