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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281629
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1113
COSTAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1113
Si la condenación en costas se basa en la existencia de dos fallos conformes de toda conformidad, es procedente conceder el amparo contra dicha condenación, si el condenado obtuvo la protección federal contra la sentencia de segunda instancia.
Precedentes
Amparo civil directo 2821/21.Espejo Guillermo y Vázquez del Mercado de Espejo María. Mayoría de nueve votos. Disidente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XVIII, página 599, tesis de rubro "COSTAS.".
Tomo XX, página 56, tesis de rubro "COSTAS.".