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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1127
DOTACION DE EJIDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1127
Si se concedió el amparo contra la dotación provisional, los procedimientos posteriores de las autoridades agrarias, en el mismo expediente, constituyen un desacato a la ejecutoria de amparo; pues mientras no exista una resolución provisional, es imposible abrir la revisión respectiva y dictar decreto sobre dotación definitiva, pues a tanto equivale como a contrariar la verdad legal.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 226/27. Presidente de la República y la Comisión Nacional Agraria. 24 de octubre de 1927. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.