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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281643
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1131
COPIAS CERTIFICADAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1131
Las que se expiden para el Ministerio Público, no pueden ni deben, en ningún caso, causar el impuesto del timbre, porque son expedidas para el representante federal, a fin de que puedan llenar la función social que la ley le encomienda.
Precedentes
Queja en amparo civil 258/27. Agente del Ministerio Público Federal en Michoacán. 24 de octubre de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.