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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281654
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1160
BIENES RAICES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1160
De acuerdo con la legislación civil del Distrito, los bienes raíces se conceptúan entregadas por el otorgamiento de la escritura pública o privada, que tenga, los requisitos debidos y, a falta de ésta, por la entrega de los títulos de la finca; y demostrando el hecho de que se otorgó la escritura pública, debe presumirse en favor del adquiriente la posesión de la cosa, salvo prueba en contra.
Precedentes
Amparo civil en revisión 118/20. Castro Domingo. 29 de octubre de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Francisco M. Ramírez y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.