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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1208
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1208
No hay disposición legal que autorice a las Juntas a suspender la audiencia, cuando lo solicite una de las partes, en vista de no haber conciliación posible entre ellas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2683/23. Arciniega Silverio. 5 de noviembre de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.