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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281677
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1219
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1219
La personalidad en el amparo se justificará en la forma que previene el Código Federal de Procedimientos Civiles, que ordena que el actor, al entablar la demanda, presentará el documento o documentos que acrediten su personalidad, y tratándose de amparo civil, no basta ni la protesta de ser el promovente legítimo representante del actor, ni las simples conjeturas o deducciones, sino que la personalidad debe estar fundada en hechos concretos, perfectamente probados.
Precedentes
Amparo civil directo 3968/26. P. J. Jacques, sucesores. 5 de noviembre de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.