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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281687
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1244
LEY DE PAGOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1244
La ley que levanta la moratoria, es, por su naturaleza, de derecho público, y su aplicación obligó a los tribunales, desde el momento en que entró en vigor y aun tratándose de controversias iniciadas con anterioridad a la ley.
Precedentes
Queja en amparo civil 211/27. Zorrilla Silverio G. 7 de noviembre de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.