Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/281697
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281697
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1270
MINISTERIO PUBLICO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1270
El ejercicio de la acción penal que compete exclusivamente al Ministerio Público, está absolutamente desligada de las funciones del Poder Ejecutivo, y aun suponiendo que la autoridad administrativa pudiera asumir funciones del Ministerio Público, el artículo 16 constitucional concede sólo a las autoridades judiciales la libertad de librar órdenes de aprehensión, salvo los casos de excepción que el mismo precepto establece.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3439/26. Morales Ignacio. 8 de noviembre de 1927. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.