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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281747
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1348
AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1348
Según lo ha establecido la Corte, en diversas ejecutorias que forman jurisprudencia, al resolver los amparos promovidos por personas extrañas al juicio, no se decide sobre cuestiones de dominio, pues la protección constitucional se funda, única y exclusivamente, en el hecho de la posesión, de la que nadie puede ser privado sino mediante los requisitos exigidos por la Constitución.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4184/26. Canales José y Mayoral de Canales Benita. 18 de noviembre de 1927. Mayoría de diez votos. Disidente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.