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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281757
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1378
REMATES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1378
Los que se lleven a cabo en el Estado de Colima, por adeudos fiscales, citando a los acreedores hipotecarios sólo por medio de la prensa, de acuerdo con lo previsto por la Ley Económico Coactiva local, no violan el artículo 14 constitucional, por cuanto a la forma de la citación, porque dicho artículo no indica, ni podía indicar, trámites determinados, propios de las leyes de procedimientos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 528/27. Caire Juan. 1o. de diciembre de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.