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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281766
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1401
DIVORCIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1401
La suspensión que se pida contra la anotación ya hecha en una acta del Registro Civil, de la disolución del vínculo matrimonial, sólo puede concederse para los efectos de que los cónyuges no puedan contraer nuevas nupcias, mientras se falla el juicio constitucional.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Heredia de Mena Concepción. 8 de diciembre de 1927. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Ricardo B. Castro, Manuel Padilla, Arturo Cisneros Canto y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.