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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281798
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1476
JURISPRUDENCIA DE LA CORTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1476
La jurisprudencia de la Corte es obligatoria para los Jueces de Distrito, y aun para la misma Suprema Corte, atento lo preceptuado por el artículo 149 de la ley reglamentaria del amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2677/25. Azcárraga Pedro I. 15 de diciembre de 1927. Mayoría de diez votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.