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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281805
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1477
RESOLUCIONES AGRARIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1477
La Corte, al establecer que las resoluciones presidenciales en materia agraria, tienen el carácter de irrevocables, se refirió a que no deben ser tocadas por voluntad de quien las dicta, pero no declaró que contra tales resoluciones era improcedente el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2677/25. Azcárraga Pedro I. 15 de diciembre de 1927. Mayoría de diez votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.