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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281828
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1532
RECONOCIMIENTO DE FIRMA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1532
El hecho de que en el instructivo de notificación se diga que se cita para reconocimiento de firma, en juicio ejecutivo mercantil, siendo éste civil, no afecta la validez de la diligencia, que permanece legal en cuanto a su esencia y efectos, que no son otros que citar al firmante para el reconocimiento.
Precedentes
Amparo civil directo 2238/25. Gómez Mauro. 23 de diciembre de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Arturo Cisneros Canto y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.